miércoles, 28 de septiembre de 2016

Concepto de Iniuria o injuria

término iniuria en Derecho romano designa en sentido amplio cualquier acto realizado sin derecho (como contrapuesto a ius - non iure); en sentido estricto designa nuestro delito por excelencia.



La injuria en la Ley de las XII Tablas La Ley de las XII Tablas castigaba como injuria sólo algunos hechos que constituían atentados contra la integridad corporal: amputación de un miembro (membrum ruptum), fractura de un hueso (os fractum), o cualquier ofensa física sin lesión, como una bofetada. - ¿En qué consistía el delito de injuria en el Derecho romano? Más adelante, y fundamentalmente por obra del Pretor, se amplió considerablemente el ámbito del delito, concibiéndose como injuria todo tipo de ofensa, ya fuese física o moral. 

 Así, sería considerado como delito de injuria, tanto el golpear con intención de causar una afrenta, como el atentar contra el pudor de mujeres y jóvenes honestos, con insinuaciones, palabras o actos inconvenientes. También se consideraba injuria las palabras infamatorias contra una persona para desprestigiarlo ante sus conciudadanos, o el hecho de componer, escribir o publicar libelos difamatorios, etc. - La violación del domicilio Es de advertir que, aunque en principio la violación de domicilio era también considerado como un delito de injuria, a partir de una lex Cornelia (rogada por el dictador Sila), escapa al ámbito de este delito privado para convertirse en un delito público perseguible mediante un procedimiento criminal. - 

La ofensa moral o física El ofendido moral o físicamente podía ejercitar la acción de injurias estimatoria, para conseguir del culpable una indemnización en metálico proporcional a la ofensa recibida. Se llama precisamente estimatoria porque el importe de la indemnización no era fijo, sino estimado por el juez en base a circunstancias de tiempo y lugar, a la honorabilidad de la víctima, a la intención del autor de la ofensa, etc. La acción de injurias, al igual que la actio furti es infamante, y no se transmite ni contra los herederos del autor de la ofensa ni a los herederos del injuriado.

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